EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 415/86

ARTICULO  1: Créase la “Comisión de Planeamiento y Desarrollo Municipal” con ámbito de actuación en todo el Partido de Chacabuco.-

ARTICULO 2º: La mencionada comisión estará integrada por siete miembros designados por el D.E., a saber; a) Un agrimensor, un arquitecto, y un ingeniero civil o en construcciones, a propuestas del Centro de Profesionales de Ingeniería de Chacabuco; b) Un Concejal, a propuestas del H.C.D.; c) El Presidente de la comisión de Tránsito, Vialidad, Obras Públicas y Urbanismo del H.C.D.; d) –El subsecretario de Planeamiento Municipal; e) – El Secretario de Obras Públicas y Servicios; quién la presidirá.—————————————————-

ARTICULO 3º: Son atribuciones de la comisión creada; a) Estudiar las disposiciones de los Decretos- Leyes 8.912-10-128 y del Decreto 1.549/83, en lo que atañe a su incidencia en el medio local, con el fin de elevar a la Legislatura Provincial, las conclusiones a que se hubiese arribado; b) – Revisar las Ordenanzas y demás   instrumentos legales que con relación al mismo tema se hubieren sancionado, proponiendo al H.C.D. las modificaciones y/o acciones que estime necesarios.——–

ARTICULO 4º: Fíjase en ciento veinte días – contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza- el plazo en el cual deberá expedirse la comisión, facultándola para realizar las consultas y solicitar los asesoramientos que considere oportunos ante las Entidades Profesionales y/o Empresarias, como también para dictar su Reglamento de Funcionamiento.—————————————————-

ARTICULO Nº 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO  DIAS  DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

Expte. 674.