EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 416/86
ARTICULO 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente, a la obra, la ejecución de las siguientes calles:
- Melian entre Carlos Pellegrini y Quintana (acera Impar).
- Garay entre Cnel. Suárez y Azcuenaga (acera impar).
- Dean Funes entre Córdoba y Catamarca (acera impar).
- Almafuerte entre Bdo. de Irigoyen y A. del Valle (acera par).
ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
Expte. 775.