EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 430/86

ARTICULO 1: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de iluminación decorativa en calle L. N. ALEM entre Almafuerte y Av. Garibaldi de esta Ciudad.—————

ARTICULO Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS  DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

Expte. 794