EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 468/86
ARTICULO 1º: Solicitase al D.E. intime a los que resulten propietarios del edificio extienda “La Perla” para que clausuren sus accesos y dén cumplimiento a Ordenanza que entienden sobre condiciones edilicias de Seguridad y Salubridad.———————————————————–
ARTICULO 2º: Asimismo solicitase al D.E. efectué un relevamiento por las vías que correspondan, de los edificios es estado de abandono, a efectos de proceder a intimar a sus dueños a que realicen trabajos de adecuación.—————————————————————————–
ARTICULO Nº 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.
Expte. 847