EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 474/86

A RTICU LO  1º: Autorizase a la entidad “Centro Los Marinos” la realización de los corsos correspondientes al año 1987.———————

ARTICULO 2º: El recorrido del mismo comprenderá la Avenida Alsina entre la intersección de Calles Belgrano y San Martín hasta Alberdi y Mitre.———————————————————————————–

ARTICULO 3º: la afectación de uso de la mencionada arteria comprenderá el horario de 19,30 a 24 hs.—————————————-

ARTICULO 4º: La entidad “Centro Los Marinos” adoptará a su cargo, los recaudos necesarios que garanticen al público asistente la comodidad y visibilidad del espectáculo ofrecido bajo apercibimiento de serle cancelado la presente organización.—————————————-

ARTICULO 5º: La entidad podrá disponer, no en forma exclusiva, la instalación de Kiosco de venta de artículos canavalescos.——————

ARTICULO 6º: La instalación de Kioscos y/o vendedores ambulantes no pertenecientes a la Institución “Los Marinos” deberán solicitar permiso Municipal previo pago de la Tasa correspondiente.—————–

ARTICULO Nº 7: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO  DIAS  DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

Expte. 875