EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente:
ORDENANZA Nº 588/87
ARTICULO 1º: Créase para todo el ámbito del Partido de Chacabuco el “Banco de Datos RH NEGATIVO”.———————————————-
ARTICULO 2º: Dependerá de la Secretaría de Salud y Acción Social de la Municipalidad y du objetivo será acumular información referente a personas del Partido de Chacabuco poseedoras de factor RH Negativo, a fin de intervenir con celeridad y eficiencia en caso de transfusiones.—————————————————————————
ARTICULO 3º: Se recomienda discriminar por localidades en los registros a elaborar con donantes voluntarios de los inscriptos.————
ARTICULO 4º: El Banco de Datos RH. Negativo suministrará información a Hospitales, Clínicas y Centros Asistenciales, Estatales o Privados. Del mismo modo podrá brindar información en caso de urgencia a Instituciones Sanitarias radicadas fuera del Partido de Chacabuco.—————————————————————————
ARTICULO 5º: Un Registro paralelo actualizado de donantes RH. Negativo suministrará en poder de la Dirección del Hospital Municipal a los efectos de que estén disponibles los datos las 24 hs. del día.———
ARTICULO 6º: La Secretaría de Salud y Acción Social de la Municipalidad iniciará una campaña a través de los medios de comunicación con el objeto de contar con la mayor cantidad posible de donantes RH. Negativo, indicando claramente a la población los pasos a seguir para su incorporación a los registros del Banco de Datos.——-
ARTICULO 7º: Facúltese a la Secretaría de Salud y Acción Social a tomar toda otra determinación que permita el cabal cumplimiento de los objetivos de la presente ordenanza.———————————————–
ARTICULO 8º: Enviar copia a todos los H.C.D de la Provincia de Buenos Aires.—————————————————————————-
ARTICULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.——————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.
Expte. 1042