EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 638/88

ARTICULO 1º: El D.E. otorgara subsidios a las entidades o cooperadoras de establecimientos destinados a la educación, ubicadas en las localidades de O’higgins, Rawson y Castilla, por montos equivalentes a la recaudación que en cada una de las jurisdicciones referidas se verifique por la aplicación de las Ordenanzas Nros., 462/86 y 467/86.—————————————————————————

ARTICULO 2º: Designase por la presente al Instituto “SANTA ANA” beneficiaria, durante el plazo de duración de las obras que actualmente ejecuta, el monto que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1º, corresponda destinar a la Localidad de OHIGGINS.————————

ARTICULO 3º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.

EXPTE. Nº 1001