EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA Nº 668/88

ARTÍCULO 1º: Autorizase al D.E. a suscribir convenio con el Poder Judicial de la Prcia. de Bs. As.; a los fines de la reubicación física de las dependencias del Juzgado de Paz Letrado del Partido, en el inmueble ubicado en calles Cervantes y San Luís de esta Ciudad.——-

ARTICULO 2º: Facúltase al D.E. a los fines precitados a ceder al Poder Judicial de la Pcia. De Bs. As. a titulo gratuito el uso del citado edificio municipal hasta el día de octubre de 1989.—————————-

ARTICULO 3º: El Poder Judicial de la Pcia. De Bs. As. destinará e referido edificio para funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Chacabuco.—————————————————————-

ARTICULO 4º: Estará Poder Judicial de Pcia. De Bs. As., el suministro de los servicios de electricidad, gas, teléfono, como así también los gastos que irrogue el mantenimiento del edificio.——————————-

ARTICULO 5º: Comuníquese, al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.

EXPTE. Nº 1258