EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la

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ORDENANZA Nº 777/89

ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de ampliación de la red de desagües cloacales en las siguientes calles:

  • SAAVEDRA entre Andes y Callao (acera impar).
  • MITRE entre Viamonte y Duberthy (acera par).
  • SARMIENTO entre Laprida y Liniers (acera par).
  • JUNIN entre Santa Fé y Entre Ríos (acera impar).

ARTICULO 2º: Comuníquese, al departamento ejecutivo municipal e inscríbase.————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.

EXPTE. Nº 1509