EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La
siguiente

 

 

O R D E N A N Z A N R O. 887/90.-

 

 

ARTICULO 1°: Declárese de
utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a titulo
de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de las obras de
ampliación de la red de desagües Cloacales, en las siguientes calles:

 

LA PLATA e/1era. Junta y Bs. As. ( acera impar)- Expte.
4029-0477/90.-

LINIERS e/Azcuenaga y Cnl. Suarez (acera impar)- Expte.
4029-0808/90.-

CORRIENTES e/Villegas y La Plata (acera impar)- Expte.
4029-0522/90.-

AZCUENAGA e/ Laprida y Liniers (acera impar) Expte.
4029-0636/90.-

VIAMONTE e/Av. Garay y Laprida (acera impar)- Expte.
4029-0724/90.-

VIAMONTE e/Laprida y Liniers (acera impar)- Expte.
4029-0724/90.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA.-