EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA SANCIONA: La siguiente

ORDENANZA N° 1.017/91.-

 

ARTICULO 1°: Apruébase
los Decretos Nros. 453/91; 456/91; 455/91; y 454/91, otorgando Créditos de
acuerdo a las Ordenanzas Nros. 853/89 y
980/91.———————————————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-