EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA N° 1.194/92.-

 

ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño de las
parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la red
desagües Cloacales, en las siguientes calles de esta ciudad:

PINTOS e/Salta y Av. Colón (acera impar)- Expte. N°
4029-1475/91.-

CNL. SUAREZ e/Cervantes y Mitre (acera par)- Expte.
4029-4000/92.-

MITRE e/Rocha y Duberty (acera par) – Expte. 4029-1952/92.-

DUBERTY e/Laprida y Liners (acera par)- Expte.
4029-2335/92.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-