EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.061/92.-

 

 

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal, de acuerdo a lo peticionado en nota 9-3-92, a la realización
Ciclística para el próximo 15-3-92, prueba esta que será organizada por la
Comisión Municipal de
Ciclismo.——————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL DE MARZO, DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y DOS.-