EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDDENANZA N° 1.247/93.-
ARTICULO 1: Convalídase los Decretos Nros. 28 y 252
del Departamento Ejecutivo incorporando como integrantes de la Comisión
Municipal Permanente de Emergencia de Emergencia Agropecuaria a las siguientes
Instituciones:
ASOCIACION DE PROMOCION AGRAGARIA CHACABUCO (APACH).-
CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE CHACABUCO.-
CENTRO DE ACOPIADORES DE CEREALES DE CHACABUCO.-
COOPERARIVA ELECTRICA DE CHACABUCO LTDA.-
ASOCIACION DE PROFESIONALES DE LA AGRONOMIA DE CHACABUCO.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-