EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.247/93.-

 

ARTICULO 1: Convalídase los Decretos Nros. 28 y 252
del Departamento Ejecutivo incorporando como integrantes de la Comisión
Municipal Permanente de Emergencia de Emergencia Agropecuaria a las siguientes
Instituciones:

 

ASOCIACION DE PROMOCION AGRAGARIA CHACABUCO (APACH).-

CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE CHACABUCO.-

CENTRO DE ACOPIADORES DE CEREALES DE CHACABUCO.-

COOPERARIVA ELECTRICA DE CHACABUCO LTDA.-

ASOCIACION DE PROFESIONALES DE LA AGRONOMIA DE CHACABUCO.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-