EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.259/93.-

 

 

ARTICULO 1°: Convalidase el Convenio firmado por la
Municipalidad de Chacabuco y la Señora MARIA AURORA FLORIT de VIGNOLI, de Fecha
26 Mayo de 1993 que obra en el Expediente N° 4029-4014/92.—————-

 

ARTICULO 2°: La erogación que demande el
cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio será imputado a:

 

FINALIDAD 10:

 

1-1-2-12-4-0-: Alquileres y Arrendamientos

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-