EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.278/93.-

 

 

ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal la
tarea desarrollada por el "Periódico
Chacabuco".——————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Destacar la importancia labor cultural
y comunitaria desarrollada en sus ochenta y tres el archivo de ejemplares, que a
través de los años ha formado el Periódico
"Chacabuco".———————————

 

ARTICULO 3°: Destacar asimismo la importancia
Histórico – Cultural que para nuestra Ciudad representante el archivo de
ejemplares, que a través de los años ha formado el Periódico
"Chacabuco".———————————

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE JULIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-