EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONESACUERDA Y SANCIONA:

La siguiente

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 1.300/93.-

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase a
la Comisión del Centro de Promoción e Intercambio Argentino Italiano, y en
representación de las colectividades de residentes extranjeros, a la
colocación de una placa recordatoria junto al árbol denominado "EL
ABUELO" en la Plaza General San Martín de la Ciudad de
Chacabuco.————————————————————————-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-