EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONESACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente
ORDENANZA Nº 1.313/93.-
ARTICULO 1º: Convalídase
el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Chacabuco y la Provincia de
Buenos Aires, sobre el "PROGRAMA FAMILIA
PROPIETARIA.———————————————————————————-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-