EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZAS N° 1.397/94.-
ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a titulo de dueño de las
parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la red de
desagües Cloacales en las siguientes calles:
-PRINGLES e/Duberty y Viamonte (acera impar).- Expte. 4029-1756/93.-
-BUBERTY e/Avda. Garay y Pringles (acera impar).- Expte. 4029-1756/93.-
-DUBERTY e/ Cervantes y Mitre (acera impar).- Expte. 4029-5609/93.-
-BUENOS AIRES e/Cano y Dominguez (acera par).- Expte. 4029-5609/93 (ALCANCE
I).-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-