EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZAS N° 1.432/94.-
ARTICULO 1°: Convalidase el Decreto Municipal N°
312/94, por el cual se dispone la prorroga hasta el 31 de Agosto de 1994, la
vigencia de las Ordenanzas Municipales N° 6/61 y su modificatoria
93/73.—————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-