EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.484/94.-

 

ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a
otorgar un subsidio de hasta 420 $ a la Sociedad Protectora de Ancianos
Desvalidos, afectando dicho importe a la partida presupuestaria del Honorable
Concejo Deliberante:

 

JURISDICCION: Concejo Deliberante

FINALIDAD 01: Erogaciones Corrientes

1121430: Gastos Generales Varios

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-