EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.530/95.-
ARTICULO 1°: Hacer lugar a
la petición realizada por la Dra. María Haydee GENOVES, D.N.I. Nro. 1.398.458,
tendiente a que se le reconozca la diferencia por antigüedad, solicitada en el
expediente administrativo nro. 4029-490- G- 94, desde el 27 de Octubre de 1992
hasta el 31 de Diciembre.-
ARTICULO 2°: Disponer la suma de: Dos mil
cuatrocientos setenta y uno con 80/100 ($ 2.471,80), correspondiente a la
diferencia por antigüedad adeudada, por el período 1992 ($ 392,87) y periodo
1993 ($ 2.078,93).——–
ARTICULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de
lo establecido en el artículo precedente, será imputado a:
JURISDICCION II: DEPARTAMENTO EJECUTIVO
70.4.0.0.0.00.0.: DEUDA FLOTANTE
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-