EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.577/95.-
ARTICULO 1°: Convalidase el Convenio Celebrado entre
esta Municipalidad y la Cooperativa de Provisión de Carniceros Unidos de
Rawson, por el cual cede en Comodato el inmueble designado catastralmente: Circ.
VIII, Sec. H, Chacra 1, Parcela 18, ubicado en la ciudad de Rawson, por el
termino de diez años, a partir del acuerdo expreso de las partes. El citado
bien será destinado a la instalación de una planta de faenado de
vacunos.—————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-