EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.563/95.-

 

ARTICULO 1°: Convalidase
el Decreto Municipal nro. 212/95, donde se adjudica a la Cooperativa Eléctrica
Ltda., la ejecución de la obra Ampliación del Alumbrado Público Decorativo,
en setenta cuadras de nuestra ciudad (Tercera Etapa). En las condiciones
establecidas en el Expte.
4029-1458/95.——————————————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-