EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA N° 1.619/95.-

 

ARTICULO 1°: Convalidase el Convenio Celebrado entre
la Secretaria de Prevención y Asistenciales de las Adicciones de la Provincia
de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco, sobre el Programa " 10.000
Líderes para el cambio, Formación de
Formadores".——————————————–

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-