ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.692/96.-
ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio celebrado
entre la Municipalidad de Chacabuco y la Asociación Civil Comité de Defensa de
la Salud, la Etica Profesional y los Derechos Humanos Defensa de la Salud, la
Etica Profesional y los Derechos Humanos (CODESEDH) y que forma parte integrante
de la presente
Ordenanza.———————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-