ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.748/96.-
ARTICULO 1°: Modifícanse los plazos de arriendo de
nichos recuperados en los CEMENTERIOS DE CHACABUCO, RAWSON, O’Higgins Y
CASTILLA, que serán fijados escalonadamente en CINCO (5) DIEZ (10); Y QUINCE
(15) años actualmente en vigencia, pudiendo el contribuyente optar a libre
albedrío, por el que más le conviene a sus intereses personales y
económicas.————
ARTICULO 2°: Modifícase en consecuencia la
ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE – CAPITULA 17°; "DERECHOS DE
CEMENTERIOS" Articulo 41 Inciso 11), apartados 1) y 2); n), apartados 1),
2) y 3) y 0); incorporándose los nuevos plazos y sus valores serán: para CINCO
(5) AÑOS el ya aprobado y vigente, para DIEZ (10) años se duplicará dicho
valor y para QUINCE (15) AÑOS se triplicará, sin mismos, de la siguiente
forma:
"CAPITULO 17°: "DERECHOS DE
CEMENTERIOS:"
ARTICULO 41°: Se fijan los siguientes importes para
satisfacer los derechos de cementerio:
11) Los nichos de secciones de urnas con plataforma en el
Cementerio de CHACABUCO, serán arrendados por los plazos que continuación se
indican, los siguientes precios:
Secciones de Urnas de seis filas, sin plataformas:
1-1 De sexta, quinta y cuarta fila;
Por cinco años ..$ 10.-
Por diez años .$
20.-Por quince años .$ 30.-
1-2) De tercera, segunda y primera fila;
Por cinco años .$ 18.-
Por diez años $ 36.-
Por quince años $ 54.-
Secciones de urnas de ocho filas con plataforma:
2-1)Simple;
Por cinco años ..$ 18.-
Por diez años $ 36.-
Por quince años .$ 54.-
2-2) Dobles:
Por cinco años ..$ 27.-
Por diez años …$ 54.-
Por quince años $ 81.-
n) Los nichos que por haber vencido el plazo de arrendamiento
sean recuperados por la Municipalidad, serán arrendados por los plazos que a
continuación se indican a los siguientes precios:
Secciones de seis filas, sin plataforma:
1-1) De primera, segunda y tercera fila:
Por cinco años .$
100.-Por diez años ..$
200.-Por quince años $
300.-
1-2) De cuarta, quinta y sexta fila, común:
Por cinco años …$
45.-Por diez años .$
90.-Por quince años .$
135.-
Secciones de seis filas con plataforma:
Por cinco años .$
100.-Por quince años …$
200.-Por quince años $
300.-
Secciones de siete filas con plataforma, 27 a 35 inclusive:
3-1) De primera fila, dobles:
Por cinco años ..$
170.-Por diez años .$
340.-Por quince años ..$
510.-
3-2) De segunda y tercera fila:
Por cinco años ..$
100.-Por diez años .$
200.-Por cinco años $
300.-
3-3) De cuarta, quinta y sexta fila:
Por cinco años $
90.-Por diez años ..$180.-
Por quince años ..$
270.-
3-4) De séptima fila:
Por cinco años $
80.-Por diez años …$
160.-Por quince años $
240.-
Los nichos que por haber vencido el plazo de arrendamiento,
sean recuperados por la Municipalidad, serán arrendados por los plazos que a
continuación se indican y a los siguientes precios:
En los Cementerios de RAWSON, O’Higgins Y CASTILLA:
De primera, segunda y tercera fila:
Por cinco años .$
100.-Por diez años $
200.-Por quince años .$
300.-
De cuarta fila:
Por cinco años .$
50.-Por diez años $
100.-Por cinco años …$
150.-
ARTICULO 3°: Los usufructuarios de un nicho, que
procedan al retiro de los restos que el mismo contenía, para su traslado u otro
motivo, deberán dejar el nicho en las condiciones que el municipio le entregó,
es decir con la contratapa de cemento colocada. Será misión de la
Administración o Encargado de cada necrópolis el control de dicha
norma.—————————–
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, LOS QUINCE DIA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-