ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.778/96.-

 

 

ARTICULO 1: Autorizase a la Empresa NAMEN S.R.L., por
vía de excepción a lo establecido en la Ley 8912 y reglados por Ordenanzas
Municipal N° 563/80, a la construcción de un edificio en propiedad horizontal
de acuerdo a planos de Expedientes 4029-2475/96, ubicado en Avda. Saavedra y San
Lorenzo de nuestra ciudad, cuyos datos catastrales son: Circunscripción I,
Sección: A- Manzana 51 – Parcela
11-6.—————————————————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-