ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.773 /96.-
ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de desagües Cloacales en la siguiente calle:
-CERVANTES e/ Rocha y Rosas (ambas aceras) Expte. Nro.
4029-0728/95.-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-