EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

 

 

 

ORDENANZA 1824/97

 

 

ARTICULO 1º : Prorrogase a partir del día 1º de
Enero de 1997 y por el termino de ciento ochenta días (180) los términos de la
Ordenanza Nº 1705/96 relacionada con la utilización de espacio público en
plaza Gral. Paz de Chacabuco.—————————

 

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.—–

 

DADO : EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES ENERO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE .-