EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE

 

SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente

ORDENANZA 1863/97

 

 

ARTICULO 1º: Autorizase a la Asociación Cooperadora
del Jardín de Infantes Nº 912 la utilización del espacio publico en calle
Villegas e/ Santa Fe y Entre Ríos de esta ciudad, el próximo 8 de junio de
1997 desde las 13,30 hs. hasta las 20,00 hs.
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ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase
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DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE..-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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