EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1862/97
ARTICULO 1º: Autorizase a la Dirección de la
Juventud Municipal el uso del espacio publico en la esquina de la calle
Reconquista y San Martín el día 9 de Junio del cte. año desde las 12,00hs.
hasta las 17,00hs.-
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase .-
DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE..-
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