EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1898 /97..-
ARTICULO 1º: Autorízase al Sr. Intendente
Municipal del Partido de Chacabuco, a firmar Convenio con el Ministerio de Obras
y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, para se expresan en Anexo
1, que forma parte de la
presente.————————————————————————————–
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase
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DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE..-
.-