EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.005/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Convalidase el Convenio Ampliatorio
del gestionado por Expediente n° 2406-77/95 alc. 4 para la ejecución de la
obra: "limpieza y perfilado del Arroyo el Sauce" en jurisdicción de
los Partidos de Salto, Chacabuco, Junín y Rojas, celebrado entre el Ministerio
de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de
Chacabuco.——————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-