EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.031/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Declárese de utilidad publica y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a títulos de dueño con frente
a la obra, la ampliación de la red de desagües cloacas en las siguientes
calles:

 

RECONQUISTA e/ Larrea y Dr. Fernandez )acera par).-

DR. FERNANDEZ e/ Cordoba y Catarmarca (acera impar).-

CATAMARCA e/ Larrea y Dr. Fernandez (acera impar).-

LARREA e/ Alvear y Catamarca (acera par).-

AV. MIGUEL M.GIL e/ Uspallata y V. Sarsfield (acera
impar).-

VELES SARSFIELD e/ 12 de Febrero y Av. Miguel M. Gil (acera
impar).-

12 de Febrero E/ v. Sarsfield y Gutierrz (acera impar).-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-