EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.042/98.-

 

ARTICULO: 1°: Modifícase el artículo 1° de la
Ordenanza 1.078/92 que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO
: Prohíbese el estacionamiento de camiones y acoplados y/o
vehículos pesados en las calles que a continuación se detallan en la localidad
de O’Higgins:

 

Boulevar Sarmiento, desde Avda. Chacabuco hasta Gral.
Lavalle.-

Avda. Alsina, desde Avda. Chacabuco hasta General Lavalle.-

Dr. Pedro Martini, desde General Roca hasta Dr. Maggi.-

25 de Mayo, desde Bartolome Mitre hasta Maggi.-

General Lavalle, desde Avda. Alsina hasta Boullevar
Sarmiento.-

Dr. Maggi, desde Avda. Chacabuco hasta General San
Martín.-

Bartolome mitre, desde Avda. Chacabuco hasta General San
Martín.- Gral. San Martín, desde Bartolome Mitre hasta Dr. Maggi, y todas
las arterias intermedias.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO.-