EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.051/98.-

 

ARTICULO: 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal a destina para la ejecución de Viviendas de Interés Social, a los
lotes identificados catastralmente como:

 

Circ: VIII, Sec.: B, Mz.: 9, Parc.: 2, 3 y 4 de la Localidad
de Castilla.-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-