EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
ORDENANZA N° 2.124/98.-
ARTICULO: 1°: Declárese de utilidad y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de desagües cloacales en las siguientes
calles:
BELGRANO e/ Viamonte y Duberthy (impar).-
BELGRANO e/ Duberty y Rocha (impar).-
F. OLDEN e/ Corrientes y Entre Ríos (impar).-
PINTOS e/ Italia y Sgo. Del Estero (impar).-
AV. GARAY e/ Viamonte y Azcuenaga (par).-
CERVANTES e/ Brandsen y Cnol. Suarez (par).-
ZAPIOLA e/ Sgto. Cabral y Espora (par).-
CNL. SUAREZ e/ Belgrano y Rivadavia (impar).-
BALCARCE e/ Corrientes y Av. Solís (impar).-
NUEVE DE JULIO e/ Uspallata y Velez Sarsfiel (par).-
VELEZ SARSFIELD e/ Belgrano y Ate. Brown (impar).-
ALTE. BROWN e/ Velez Sarsfield y Gutierrz (par).-
A. Dominguez e/ Av. Alsina y Primera Junta (mpar).-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES A
LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
OCHO.-