EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
ORDENANZA N° 2.130/98.-
ARTICULO: 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de desagües cloacales en las siguientes
calles:
DR. TERRILE e/ Andes y Callao (acera impar).
AV. JUAN XXIII e/ Andes y Callao (acera par).
CALLAO e/ Mendoza y la Rioja (acera impar).
CALLAO e/ La Rioja y Dr. Terrile (acera impar).
CONESA e/ Azcuenaga y Cnel. (acera par).
MENDOZA e/ B. De Cacho y Callao (acera impar).
MENDOZA e/ J.J. Paso y B. De Cacho (acera impar).
B. DE CACHO e/ La Rioja y Mnadoza (acera impar).
GUTIERRES e/ 9 de Julio y 25 de Mayo (acera par).
LARREA e/ Catamarca y Cordoba (acera impar).
CORDOBA e/ Larrea y Dr. Fernandez (acera impar).
ANDES e/ Dr. Terrile y Av. Juan XXIII (acera impar).
VIAMONTE e/ Pintos y Conesa (acera impar).
ANDES e/ Uspallata y Dorrego (acera par).
GUTIERREZ e/ 25 de Julio y 25 de Mayo (acera impar).
GUTIERREZ e/ 9 de Julio y 25 de Mayo (acera impar).
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-