EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.353/2000.-

ARTICULO 1°: Autorízase a la Cooperadora de la
Escuela N° 1, a realizar una pollada y venta de chorizos el día de Mayo de
2000 a partir de las 9:00 hs. frente al edificio de dicha
escuela.——————————-

 

 

ARTICULO 2°: El Honorable Concejo Deliberante deja
expreso que el Departamento Ejecutivo Municipal no se responsabiliza de
accidentes, siniestros o cualquier inconveniente que se produzca dentro del
predio donde realizará tal evento. Solicitando a los organizadores tomen los
recaudos suficientes en materia de seguridad.———————————–

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL.-