EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.379/2000.-

ARTICULO 1°: Autorizase al Sr. Oscar Luis Re a la
construcción en la Parcela cuya nomenclatura catastral C: I- S: F,- Mz.: 452 b-
Partida: 13.144; por vía excepción a la Ordenanza 563/80 y
modificatorias.——–

 

ARTICULO 2°: Las Obras se autorizan conforme planos
obrantes en el Expte. nro. 5.753/00 Folios 1 a
5.—————————————————-

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL.-