EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.410 /2000.-

ARTICULO 1°: Crease la Comisión de los Bailes de
los Estudiantes .—-

 

 

ARTICULO 2°: Estará integrada por:

 

Un representante del Centro de Estudiante y un Director o
un Profesor de la Escuela de Educación técnica n° 2.

Un representante del Centro del Estudiantes y Directivo o
un Profesor de la Escuela Media Manuel Belgrano.

Un representante del Centro de Estudiantes y un Director o
un Profesor del Instituto de Educación Católica.

Un representante del Centro de Estudiantes y un Directivo o
un Profesor de la Escuela Normal Superior. }

Un representante del Centro de Estudiantes y un Directivo
un Profesor del Colegio Nacional.

Director Municipal de la Juventud.

 

 

ARTICULO 3°: En dicha Comisión se agregará,
sólo en el caso del Baile del Egresado un representante por Colegio en su
carácter de egresado para poder ser consultado en la organización que ellos
desean.————————————————————————————–

 

 

ARTICULO 4°: El monto recaudado de los bailes será
tratado de esta manera en forma transparente. De resultar que luego de pagar los
costos, hay un saldo a favor, sea repartido de manera equitativa e igualitaria
entre todos los Centros de Estudiantes, para que ellos provean a sus respectivas
escuelas de las necesidades que
determinen.———————————————————————————

 

 

ARTICULO 5°: Dicha Comisión reglamentará su
funcionamiento a partir de la promulgación de la presente
Ordenanza.—————————

 

 

 

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS
MIL.-