EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRUBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA Nº 2.428/2000.-
ARTICULO 1º: Convalídase convenio celebrado entre
esta Municipalidad y Buenos Aires al Pacífico S.A. (BAP), sobre tenencia
precaria del edificio de la Estación ubicada en la Estación Castilla y que
forma parte integrante de la presente Ordenanza.———
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
inscríbase.—-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DL AÑO DOS MIL.-