2622

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

O R D E N A N Z A N° 2.622/2001

ARTICULO 1°: Autorízase a la Empresa INTUR
S.A
., representada por su Presidente el Ing. Norberto Calabria, por vía
de excepción, a los parámetros urbanísticos, Dn../F.O.S./F.O.T. y altura
máxima edilicia edificada para la construcción de un Hotel Cuatro Estrellas en
calles Sarmiento y Rivadavia de la ciudad de Chacabuco, NOMENCLATURA
CATASTRAL
: Circunscripción I, Sección A, Manzana 73, Parcela 8-a-Partida
N° 6283. Según expediente municipal con visado provisorio N° 4029-1397/00 y
Expediente H.C.D. N°
6159/00.——————————————————–

ARTICULO 1°: La autorización por medio de la
presente Ordenanza deberá estar comprendida dentro de los términos de la
Ordenanza N° 2392/00.———

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-DADO:
EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS
VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL UNO.-