EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.668/2001
ARTICULO 1°: Convalídase el convenio celebrado
entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la
Municipalidad de Chacabuco sobre prestación de asistencia financiera para la
terminación de 8 (ocho) viviendas, de fecha 11 de diciembre de 2000 (Expte.nro.
6243/00).————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.-