EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.655/2001
ARTICULO 1°: Declárase de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño con frente a
la obra, red de gas natural, de las siguientes calles:
–MATHEU entre Alem y Deán Funes (P)
-L.N. ALEM entre Matheu y Deán Funes (ambas aceras)
-DEAN FUNES entre Lamadrid y L.N. Alem (I)
-DEAN FUNES entre L.N. Alem y Pellegrini (I)
-CORDOBA entre Deán Funes y Matheu (P)
-DEAN FUNES entre Córdoba y Elguea Román (I)
-DEAN FUNES entre Catamarca y Tucumán (I)
-TUCUMAN entre Deán Funes y Matheu (I)
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL UNO.-