2592

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 2.592/01



ARTICULO 1°: Autorízase a los vecinos de la calle
Uspallata entre las calles Belgrano y Alte. Brown,, al uso del Espacio Público
de la mencionada arteria, para el día 30 de diciembre de 2000, entre las 21.00
Hs. y hasta las 24.00 Hs del día siguiente.———

ARTICULO 2°: Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal, con el fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollarse en dicho espacio
público——————————————————-

ARTICULO 3°) Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase——————————————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL UNO————————————————————————