EL HONROABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.650/2001
ARTICULO 1°: Convalídase Convenio celebra entre MINISTERIO
DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD
DE CHACABUCO, sobre colaboración técnica con aporte financiero para la
obra Monumento en función de pórtico en rotonda acceso a la ciudad y partido
de Chacabuco, en razón de la nueva traza del
acceso.—————————————————————————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL UNO.-