EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.699/2001
ARTICULO 1°: Autorízase a los Artesanos
Independientes de Chacabuco, al uso del espacio público en Plaza San Martín
sobre vereda central hacia el Monumento, los días 7,8 y 9 de julio de 2001 en
el horario de 14:00 hs. a 02:00 hs. del día siguiente, , motiva el mismo el 5°
Encuentro de Artesanía Urbanas y
Tradicionales.——————————————————————————–
ARTICULO 2°: Los Artesanos Independientes de
Chacabuco, deberán comunicarse con el Departamento Ejecutivo Municipal para
cumplimentar la reglamentación
vigente.——————————————————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL UNO.-