EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
O R D E N A N Z A N° 2.789/01
ARTICULO 1°: Convalídase Listado de beneficiarios
de cinco (5) módulos de vivienda completos en la localidad de O Higgins y de
una (1) vivienda en el Partido de Chacabuco en el marco del Plan Familia
Propietaria, adjunto a fs. 2 del Expediente N°
4029-2658/01.————————————————————————————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS
MIL UNO.-
EXPTE.NRO. 6.715/01